Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-07-2017

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170711-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA

URBANISMO

59
Robledo de Chavela. Urbanismo. Normas subsidiarias

Por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento, de 4 de mayo de 2017, se aprobó por mayoría absoluta el someter nuevamente a exposición pública el proyecto de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Robledo de Chavela, para adaptar el planeamiento en vigor a las sentencias judiciales recaídas en firme y sin posibilidad de recurso alguno, sobre los terrenos situados en el término municipal de Robledo de Chavela entre las calles de los Alpes y las Navas e incluidos actualmente dentro del Sector VI de las Normas Subsidiarias, al objeto de que en un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el periódico “La Razón”, se pudieran examinar dichos trabajos por los interesados y presentar alegaciones.

La nueva publicación obedece a los cambios derivados de la totalidad de los informes sectoriales en la Modificación Puntual del Sector VI de Robledo de Chavela.

La diferencia fundamental, entre un planteamiento y el otro es la categorización del suelo urbano, que pasa de ser considerado urbano no consolidado, con las obligaciones definidas en la legislación, a categorizarse como consolidado. Este cambio de categoría de suelo, tal como figura en el artículo 35 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, así como las obligaciones derivadas del mismo, contenidas en los artículos 19 y 20 de la citada legislación, tienen la consideración de sustanciales, cuestión que hace necesario el nuevo período de información pública del documento conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la citada legislación.

El cambio de categoría de los suelos urbanos, con respecto al documento anterior sometido a información pública, al amparo de las determinaciones contempladas en el artículo 35 de la Ley 9/2001, de 17 de junio, de Suelo de la Comunidad de Madrid, y, especialmente los cambios de obligaciones y derechos derivados del anterior, incluidos en los artículos 19 y 20 de la citada legislación, se consideran sustanciales, y por tanto, al amparo de lo expuesto en el artículo 57.c) de dicha legislación, el documento debe ser sometido a un nuevo trámite de información pública.

Durante este período, el proyecto diligenciado de la Modificación Puntual no sustancial de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Robledo de Chavela se encontrará depositado, para su consulta pública, en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Robledo de Chavela.

En Robledo de Chavela, a 26 de junio de 2017.—La alcaldesa en funciones, María José Quijada Rivero.

(03/22.536/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170711-59