Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2017

Sección 1.3.190.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170703-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

18
RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2017, del Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid, por el que se aprueba la creación de un fichero que contiene datos de carácter personal de esta Universidad.

La existencia de ficheros de carácter personal y los avances tecnológicos, singularmente los informáticos, suponen posibilidades de intromisión en el ámbito de la privacidad, así como limitación y vulneración del derecho de autodisposición de las informaciones que son relevantes para cada persona. Es por ello que el ordenamiento jurídico reconoce derechos en este campo y ofrece mecanismos para su garantía.

El derecho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, garantizado por el artículo 18 de la Constitución Española ha sido regulado, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, entre otras disposiciones, por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 14), de protección de datos de carácter personal (que transpone la directiva 95/46 CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre) y Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada ley y en el que se regula el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

En virtud de los artículos 2.1 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y 2 del Real Decreto1720/2007, de 21 de diciembre, también citado, ambas normas son de aplicación a los ficheros creados y gestionados por, entre otras instituciones, las universidades públicas.

De acuerdo con el derecho fundamental a la autonomía universitaria proclamado en el artículo 27.10 de la Constitución Española, regulada en los términos de, entre otros preceptos, el artículo 2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 24), de Universidades, la competencia para aprobar, modificar y suprimir los ficheros que contengan datos personales, es atribuida a las universidades públicas por el artículo 53.3 del referido Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Lo cual ha de hacerse, en virtud del dicho precepto, mediante acuerdo o resolución del órgano competente para aprobar disposiciones de carácter general, de acuerdo con lo establecido en su normativa específica.

La Universidad Politécnica de Madrid es una entidad de derecho público, cuyos estatutos han sido aprobados por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid 74/2010, de 21 de octubre.

Ningún precepto estatuario atribuye a un órgano concreto competencias para aprobar todas las disposiciones de carácter general. Ello no obstante, el Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid es el órgano competente para aprobar la presente Resolución, habida cuenta de que, en sintonía con la citada Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, el artículo 44 de los Estatutos universitarios establece que el Consejo de Gobierno es el órgano de Gobierno de la Universidad, atribuyéndole la función de establecer las líneas estratégicas y programáticas de la misma.

Por todo lo anteriormente referido, se dispone:

Primero

Publicar la Resolución del Consejo de Gobierno de la Universidad, de fecha 25 de mayo de 2017, por la que se aprueba la creación de un fichero de datos de carácter personal, perteneciente a la Universidad Politécnica de Madrid, que se recoge en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo

La creación de los ficheros afectados por la presente Resolución se realizará contemplando lo establecido en el Título VIII del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Tercero

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Madrid, a 25 de mayo de 2017.—El Rector, Guillermo Cisneros Pérez.

ANEXO

FICHEROS DE NUEVA CREACIÓN

Fichero: Plataforma ViSH UPM.

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Plataforma ViSH UPM.

a.2) Finalidad y usos previstos: La finalidad del fichero es la recogida de los datos identificativos de las personas que se registrarán en la plataforma ViSH.

b) Origen de los datos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Miembros de la comunidad educativa registrados en la plataforma ViSH.

b.2) Procedencia: El propio interesado.

b.3) Procedimiento de recogida: Registro del interesado en la plataforma web mediante formulario.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura y datos identificativos:

— Datos identificativos: Nombre y apellidos, correo electrónico, fotografía, ciudad, país, fecha de nacimiento, DNI.

— Otros datos: Organización, ocupación, áreas de interés, áreas de conocimiento, descripción personal, página web, departamento, centro educativo y cursos, teléfono, dirección, identificadores de usuario en redes sociales y otros servicios, idiomas.

c.2) Sistema de tratamiento: Automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: No se prevén comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se prevén transferencias internacionales de los datos.

f) Órganos responsables del fichero: Vicerrectorado de Servicios Tecnológicos, calle Ramiro de Maeztu, número 7. Ciudad Universitaria. 28040 Madrid.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Vicerrectorado de Servicios Tecnológicos. Calle Ramiro de Maeztu, número 7. Ciudad Universitaria. 28040 Madrid.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

(03/21.542/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.190.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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