Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
22-06-2017

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170622-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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ACUERDO de 20 de junio de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran vocales del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid.

El Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid se creó mediante Decreto 21/2017, de 28 de febrero, como un instrumento de diálogo, participación, concertación y colaboración entre el Gobierno madrileño y los interlocutores sociales, adscrito a la Consejería con competencias en materia de empleo.

El Pleno del Consejo tiene una composición paritaria y está integrado por el titular de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, que lo preside, tres vocales en representación del Gobierno regional y cuatro vocales en representación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.

En el caso de los vocales en representación del Gobierno regional, dos de ellos, el titular de la Consejería competente en materia de empleo y el titular de la Consejería competente en materia de relaciones institucionales, lo son en virtud de su cargo. El tercer vocal será un miembro del Gobierno designado por la Presidencia del Consejo por razón de la materia a tratar.

En el caso de los vocales en representación de los agentes sociales, estos serán nombrados por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de las organizaciones a quien representen.

Cada uno de los vocales permanentes del Consejo tendrá un suplente, igualmente nombrado por Acuerdo de Consejo de Gobierno, a propuesta de la instancia a quien represente.

La disposición adicional tercera del Decreto 21/2017, de 28 de febrero, establece que el Pleno del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid celebrará su primera reunión en el plazo de tres meses a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del citado Decreto, hecho que tuvo lugar el día 17 de marzo de 2017.

En su virtud, de acuerdo con las propuestas realizadas por las diferentes instancias representadas en el Consejo, conforme a lo previsto en los artículos 2 y 4.4 del Decreto 21/2017, de 28 de febrero, por el que se crea el Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda en su reunión del día 20 de junio de 2017,

ACUERDA

Nombrar los siguientes vocales, titulares y suplentes, del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid:

1. En representación del Gobierno regional:

a. Don Miguel Ángel García Martín, Viceconsejero de Hacienda y Empleo, como suplente del titular de la Consejería competente en materia de empleo.

b. Don Enrique Ruiz Escudero, Viceconsejero de Presidencia y Justicia, como suplente del titular de la Consejería competente en materia de relaciones institucionales.

2. En representación de CC OO Madrid:

a. Vocal titular: Don Jaime Cedrún López, Secretario General CC OO Madrid.

b. Vocal suplente: Don Manuel Rodríguez Núñez, Secretario de Política Institucional CC OO Madrid.

3. En representación de UGT-Madrid:

a. Vocal titular: Don Luis Miguel López Reíllo, Secretario General UGT-Madrid.

b. Vocal suplente: Don José María Hernández Martínez, Vicesecretario General UGT-Madrid.

4. En representación de CEIM-Confederación Empresarial de Madrid CEOE:

a. Vocales titulares:

— Don Juan Pablo Lázaro Montero de Espinosa, Presidente de CEIM.

— Don Miguel Garrido de la Cierva, Secretario General de CEIM.

b. Vocales suplentes:

— Doña Sol Olábarri Cervantes, Directora de Asuntos Económicos de CEIM.

— Don Luis Méndez López, Director de Asuntos Laborales de CEIM.

Acordado en Madrid, a 20 de junio de 2017.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS

(03/21.363/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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