Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2017

Sección 1.2.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170621-8

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se determina el personal funcionario docente que va a disfrutar del permiso parcialmente retribuido sin prestación de servicios durante el curso escolar 2017-2018.

Por Resolución de 22 de abril de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos, se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2013-2014, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2013-2014, para los funcionarios docentes que imparten enseñanzas escolares en centros públicos no universitarios dependientes de la entonces Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo).

La base segunda de la citada Resolución, al determinar las características del permiso parcialmente retribuido, señalaba que “el permiso convocado supone un período de cinco cursos escolares completos en los que el funcionario percibe el 84 por 100 de las retribuciones que corresponden. Durante los cuatro primeros cursos presta sus servicios a jornada completa, y el quinto curso disfruta del permiso. Las cuotas de derechos pasivos y MUFACE serán íntegras durante los cinco cursos del período 2017-2018. El período de cinco cursos se inicia con el curso 2013-2014”. Como consecuencia de lo anterior, los beneficiarios del permiso prestarían servicios efectivos a jornada completa durante los cursos 2013-2014 a 2016-2017, disfrutando del permiso sin prestación de servicios en el curso 2017-2018.

La Resolución de 26 de julio de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos, publicó las listas definitivas de funcionarios a los que se les concedía el disfrute del permiso parcialmente retribuido con efectos del curso escolar 2013-2014.

Esta Dirección General, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 100/2016, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, y con el fin de informar a los centros docentes y a las Direcciones de Área Territorial de qué personal va a disfrutar del permiso parcialmente retribuido sin prestación de servicios durante el curso escolar 2017-2018.

RESUELVE

Determinar el personal funcionario docente que va a disfrutar del permiso parcialmente retribuido sin prestación de servicios durante el curso escolar 2017-2018, dando comienzo el día 1 de septiembre de 2017 y finalizando el día 31 de agosto de 2018, que aparece relacionado en el Anexo que acompaña a esta Resolución.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 9 de junio de 2017.—La Directora General de Recursos Humanos, María Teresa Martínez de Marigorta y Tejera.

(03/20.225/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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