Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170524-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

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Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 747 de 2016, notificación a María del Carmen Noha Ndongo

EDICTO

Doña Yolanda Ocaña Villamil, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Alcalá de Henares.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia-divorcio contencioso número 747 de 2016, instados por don Álvaro Adán Vega, en nombre y representación de don Uzochukwu Igboanuzue, contra doña María del Carmen Noha Ndongo, en los que se ha dictado en fecha 9 de marzo de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 129 de 2017

En Alcalá de Henares, a 9 de marzo de 2017.—Vistos por mí, Cristina Miláns del Bosch y Sánchez-Galiano, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 6 de Alcalá de Henares y su partido, los presentes autos de juicio de divorcio contencioso número 747 de 2016, seguidos a instancias de don Uzochukwu Igboanuzue, representado por el procurador de los tribunales señor Adán Vega y defendido por el letrado señor Ramos Lara, contra doña María del Carmen Noha Ndongo, sin representación procesal, y el siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don Uzochukwu Igboanuzue, contra doña María del Carmen Noha Ndongo, debo declarar y declaro haber lugar al divorcio del matrimonio de ambos celebrado en Alcalá de Henares (Madrid, España), el 27 de septiembre de 2002, disolviendo el mismo con todos los pronunciamientos legales inherentes. Y ello sin condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la Audiencia Provincial de Madrid.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio.

Así por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña María del Carmen Noha Ndongo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcalá de Henares, a 9 de marzo de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.981/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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