Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 90

Fecha del Boletín 
17-04-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170417-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

48
Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Cese y nombramiento

Mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia 887/2017, de 30 de marzo, se ha procedido a la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Cesar, con efectos del día 31 de marzo de 2017, a don Rubén Darío Castillo Minyette como personal eventual de confianza política y/o asesoramiento especial adscrito al grupo municipal socialista con la condición de administrativo.

Segundo.—Nombrar, con efectos del día 1 de abril de 2017, a don Rubén Darío Castillo Minyette personal eventual de confianza política y/o asesoramiento especial adscrito al grupo municipal socialista con la condición asesor.

El número, régimen y retribuciones del personal eventual fue determinado por parte de la Junta de Gobierno Local, en sesiones celebradas en fecha 29 de junio y 3 de julio de 2015, con la modificación llevada a cabo por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 21 de septiembre de 2015 y 24 de marzo de 2017, con el siguiente detalle para la categoría de asesor de grupo municipal: retribuciones brutas anuales fijas de 36.600 euros, sin perjuicio de las productividades que en su caso se asignen, si bien podrá optar por su percepción de 12 pagas iguales, si así se solicita expresamente.

Lo que se hace público a los efectos de los artículos 104 y 104 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Alcalá de Henares, a 31 de marzo de 2017.—El secretario titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(03/11.578/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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