Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
07-04-2017

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170407-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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ORDEN de 4 de abril de 2017, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe máximo de 700.000.000,00 de euros.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, acordó el 10 de enero de 2017, conforme al artículo 40.1 de la Ley 6/2015, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2016, prorrogados para 2017 mediante Decreto 140/2016, de 30 de diciembre de 2016, por el que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2016, la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por un importe máximo de 3.996.944.781,59 euros, y, en todo caso, por el importe máximo y condiciones que sean fijadas por el Acuerdo de Consejo de Ministros que lo autorice. Posteriormente, el Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, acordó el 7 de marzo de 2017, disponer la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por importe máximo de 124.591.247,75 euros, correspondientes a la refinanciación de la deuda para el año 2017 de la Agencia de Vivienda Social. Todo ello dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 39 de la mencionada Ley 6/2015, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2016.

El Consejo de Ministros en sus reuniones de 27 de enero y de 17 de marzo de 2017 ha autorizado a la Comunidad de Madrid a formalizar préstamos a corto y largo plazo y emitir deuda pública hasta un importe máximo de 4.785.919.307,72 euros.

En virtud de los citados Acuerdos y la autorización de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera de fecha 21 de marzo de 2017, dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, de acuerdo con la autorización estatal, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar una emisión de deuda pública a tipo de interés fijo. El importe no excede de los límites autorizados por los referidos Acuerdos.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 40.5 de la citada Ley 6/2015, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2016, prorrogados para 2017 mediante Decreto 140/2016, de 30 de diciembre de 2016,

DISPONGO

Primero

Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes características:

— Importe máximo: 700.000.000,00 de euros.

— Modalidad: Bonos.

— Fecha de emisión y desembolso: 18 de abril de 2017.

— Precio de emisión: 100 % sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 700.000.000,00 euros.

— Fecha de vencimiento: 30 de abril de 2022.

— Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.

— Representación de los bonos: Los bonos se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores S.A.-IBERCLEAR, siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.

— Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

— Suscripción: La suscripción de los bonos se realizará a través de las entidades colocadoras mediante el procedimiento de book building. El importe total de la emisión se adjudicará a cada entidad inversora adjudicataria proporcionalmente al importe solicitado y precio adjudicado, y se anotará en las cuentas de valores de los miembros del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones que determinen las citadas entidades inversoras adjudicatarias.

— Período de suscripción: Las peticiones de suscripción, que serán vinculantes para los inversores, tendrán lugar en las fechas que determine la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería, y contendrán el importe cuya adjudicación se solicita.

— Cupón: 0,747 % Fijo nominal anual, base Act/Act ICMA, no ajustado, convención día siguiente modificado, pagadero en los aniversarios comenzando el 30 de abril de 2018.

— Si una fecha de pago de intereses fuera inhábil a efectos del sistema TARGET 2 de pagos europeo, el pago de intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, salvo que la fecha de pago caiga dentro del mes siguiente, en cuyo caso la fecha de pago se trasladará al día hábil inmediatamente anterior, sin que el tenedor de los bonos tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento.

— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Segundo

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 4 de abril de 2017.—La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, PDF (Orden de 14 de octubre de 2016), el Director General de Contratación, Patrimonio y Tesorería.

(03/12.106/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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