Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
07-04-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170407-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

151
Madrid número 34. Procedimiento 511 de 2016, notificación a Verma Energía, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 511/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ESPERANZA CUELLAR TORRES frente a VERMA ENERGÍA S.L. y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

FALLO que debo estimar la demanda interpuesta por DOÑA ESPERANZA CUELLAR TORRES contra VERMA ENERGIA SOCIEDAD LIMITADA, habiendo sido emplazado el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, y, a su tenor, previa declaración de concurrencia de incumplimiento empresarial grave y declaración de improcedencia del despido practicado, debo acordar la resolución del contrato de trabajo constante entre el actor y la citada Mercantil con efectos de 9 de Junio de 2016, condenando a la cita Empresa a que les satisfaga una indemnización resolutoria de MIL CIENTO SETENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS DE EURO. Y a que le abone por el concepto de la Reclamación de Cantidad acumulada el importe de TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS DE EURO. Más los intereses moratorios del art. 29,3 de la LET (diez por ciento anual).

Notifíquese la presente sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS hábiles inmediatos a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o graduado social o su representante al hacerle la notificación de aquélla de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia, o por escrito de las partes, de su abogado o graduado, o de su representante dentro del plazo indicado.

Siendo requisitos necesarios, en caso de no tenerlos ya designados, que en dicho plazo se proceda al nombramiento de letrado o de graduado social colegiado, bien mediante comparecencia ante el propio Juzgado o por escrito.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VERMA ENERGÍA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.850/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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