Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2017

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170322-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

URBANISMO

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Brunete. Urbanismo. Estatutos entidad urbanística

El Pleno del Ayuntamiento de Brunete, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de enero de 2017, acordó la aprobación inicial de los Estatutos de la Entidad Urbanística de Conservación Comunidad de Propietarios Valle de los Rosales de Brunete, cuya redacción se une al presente como Anexo I.

El citado acuerdo es, asimismo, objeto de notificación individual a los propietarios que podrán formular alegaciones durante el plazo de quince días desde su notificación.

Los interesados que no sean propietarios podrán formular alegaciones por el plazo de quince días desde la inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, haciéndole saber que el presente acuerdo no agota la vía administrativa por tratarse de un acto de trámite y que como tal no procede la interposición de recursos contra el mismo.

No obstante, contra la resoluciones y actos de trámite que decidan, directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión, o, perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes.

(02/5.078/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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