Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170322-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

111
Madrid número 6. Ejecución 644 de 2016, notificación a Smydent Clínicas Dentales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. PAULA MATEO ERROZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 06 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 644/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. DONATO CARVAJAL SANCHEZ frente a SMYDENT CLINICAS DENTALES S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución, de fecha 21/02/2017:

SENTENCIA N° 80/2017

FALLO

ESTIMO la demanda de despido formulada por D. Donato Carvajal Sánchez contra Smydent Clínicas Dentales S.L. y, en consecuencia,

DECLARO la improcedencia del despido efectuado por la empresa el 31/5/2016, condenando a ésta a que readmita al trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnice con la cantidad de 2.278,24 euros; así como, en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 92,05 euros.

COMUNÍQUESE a la Inspección de Trabajo, con la presente Sentencia, la falta de alta y de correcta cotización del trabajador D. Donato Carvajal Sánchez por Smydent Clínicas Dentales S.L. durante el periodo que va desde el 1/9/2015 hasta el 22/2/2016.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con n° 25040000-61-0644-16 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a YDENT CLINICAS DENTALES S.L., en ignorado paradero, expido presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de febrero de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/7.457/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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