Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-03-2017

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170308-55

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Brunete. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43, 44, 112 y 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público para general conocimiento que el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Brunete ha dictado decreto de 17 de febrero de 2015, que se transcribe literalmente a continuación:

Decreto de Alcaldía

Asunto: delegación firma.

Por razones de agilidad administrativa y organización del trabajo, se hace uso de la facultad de delegación de firma que prevé el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, con la finalidad de alcanzar la deseable celeridad y eficacia en el cumplimiento de las funciones administrativas que la Alcaldía tiene atribuidas.

En su virtud, de conformidad con el artículo 12 de la Ley 40/2015, resuelvo:

Primero.—Queda delegada en doña Cristina Gil Guerra, en su condición de concejal de Recursos Humanos, el cometido específico de la firma de los contratos de trabajo que afecten a al personal laboral contratado a través de talleres de empleo, escuelas taller, contratos para la formación, practicas, subvenciones e interinidades.

Segundo.—Efectuar a favor de doña María del Mar Nicolás Robledano, concejal-delegada de Eventos, una delegación específica de atribuciones, cometido específico de la firma en materia de pólizas de seguros que se suscriban por el Ayuntamiento de Brunete, así como la firma de aquellos otros asuntos que puedan concernir a este Ayuntamiento en relación con los actos de protocolo que se organicen por el Ayuntamiento.

Tercero.—La delegación de firma objeto de la presente Resolución es revocable en cualquier momento y no será obstáculo para que el alcalde pueda, en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona competente y dentro del ámbito de sus respectivas competencias, recabar el conocimiento y la resolución de cualquier asunto objeto de esta delegación.

Cuarto.—De conformidad con el artículo 12.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en las resoluciones a que se refiere el apartado primero de esta resolución se hará constar la autoridad de procedencia.

Quinto.—El concejal-delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión y disposiciones que dicte y, previamente, de las decisiones de transcendencia, en los términos previstos en el artículo 115 del ROF.

Sexto.—Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.

Séptimo.—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este decreto a los concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía.

Octavo.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en el plazo de veinticuatro horas, y remitir la resolución del nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el alcalde.

Noveno.—Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 44.2 del texto legal antes citado.

Para su conocimiento y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Brunete, a 22 de febrero de 2017.—El alcalde-presidente, Borja Antonio Gutiérrez Iglesias.

(03/6.811/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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