Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170307-46

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

OFERTAS DE EMPLEO

46
Aranjuez. Ofertas de empleo. Bases convocatoria auxiliar administrativo

Resolución del Ayuntamiento de Aranjuez por la que se hacen públicas las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la contratación de un auxiliar administrativo a media jornada, mediante contrato laboral temporal (de relevo), aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 15 de febrero de 2017, y que se transcriben íntegramente a continuación:

1. Características de la plaza

Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de auxiliar administrativo como personal laboral temporal a tiempo parcial (50 por 100 de jornada), mediante contrato de relevo por jubilación parcial del titular.

2. Requisitos y titulación

Para poder participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o hallarse incurso en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del titulo de Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente.

f) Estar en situación de desempleado mediante la correspondiente acreditación consistente en informe del período ininterrumpido inscrito en la situación de desempleo acompañado de informe de vida laboral.

3. Proceso de selección

Será el concurso-oposición libre y constará de dos fases:

a) Fase de concurso: consistirá en la calificación de los méritos incluidos en el baremo que se expondrá a continuación y debidamente acreditados por los aspirantes, mediante fotocopias en el momento de presentar la instancia.

Únicamente se valorarán los méritos obtenidos antes de la finalización del plazo de presentación de instancias.

Serán méritos valorables los siguientes:

— Formación: por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por organismos oficiales sobre materias relativas al puesto de trabajo a desempeñar:

• Hasta 25 horas: 0,05 puntos por curso.

• De 25 a 50 horas: 0,10 puntos por curso.

• De 50 a 100 horas: 0,15 puntos por curso

• De más de 100 horas: 0,25 puntos por curso.

La suma total de este apartado no podrá superar en ningún caso 1,25 puntos.

b) Fase de oposición: comprenderá dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:

Primer ejercicio: teórico, tipo test. Consistirá en contestar a un cuestionario compuesto por 50 preguntas tipo test que versarán sobre el contenido del temario. Cada pregunta tendrá cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 60 minutos.

Calificación: cada respuesta acertada se calificará con 0,20 puntos; las respuestas erróneas penalizarán con -0,05 y las respuestas en blanco no serán contabilizadas.

La calificación máxima será de 10 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito un supuesto práctico determinado por el tribunal relacionado con las tareas propias del puesto a desempeñar y que versará sobre las materias del temario que figura en el anexo. El tiempo para su realización será determinado por el tribunal.

Calificación: el ejercicio será calificado con una puntuación máxima de 10 puntos, precisándose un mínimo de 5 puntos para superarlo.

4. Calificación definitiva

La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y el concurso, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación: nota del concurso + ( nota de oposición ´ 0,75 ).

5. Órganos de selección

Composición: el tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:

— Presidente.

— Secretario: el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz y sin voto.

— Cuatro vocales.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

La composición del tribunal será técnica y los vocales técnicos, deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la de las plazas convocadas.

6. Solicitudes

Las instancias, solicitando tomar parte en el proceso, se dirigirán a la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Aranjuez y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, y lunes y jueves, de quince a dieciocho y treinta horas; sábados, en la Jefatura de Policía Local, de nueve a catorce horas), en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La presentación de instancias también podrá efectuarse a través de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La convocatoria se publicará en el Boletín de la Comunidad de Madrid, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y página web.

Junto con la instancia de participación en el proceso selectivo los aspirantes, deberán aportar:

— Documentación, relativa a los méritos fijados en el apartado 2 de las presentes bases para ser sometidos a valoración del tribunal.

— La correspondiente acreditación de estar en situación de desempleado consistente en informe del período ininterrumpido inscrito en la situación de desempleo acompañado de informe de vida laboral.

7. Listado de admitidos y excluidos

Expirado el plazo de admisión de instancias, el alcalde-presidente o la Junta de Gobierno Local dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de anuncios y en la página web www.aranjuez.es del Ayuntamiento. En la misma se incluirá la composición del tribunal calificador, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

8. Publicación de la lista

Concluidas las pruebas correspondientes del proceso selectivo, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web www.aranjuez.es y demás lugares que estime oportunos la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzado.

9. Elevación de la lista

El tribunal calificador elevará a la Junta de Gobierno Local o Alcaldía la propuesta de contratación (relevo) del aspirante seleccionado que obtenga mayor calificación.

10. Falta de presentación de documentos

Quien dentro del plazo indicado, y salvo en los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos en la base segunda, no podrá ser contratado, quedando anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en su instancia o documentación.

El aspirante seleccionado, formalizará el contrato en el Departamento de Personal en la fecha que se le indique, quedando sometido al período de prueba que en cada caso corresponda de conformidad con la legislación vigente.

Vinculación de las bases

Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento, al tribunal y a quienes participen en las pruebas selectivas. Tanto las bases como cuantos actos administrativos se deriven de la convocatoria y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecidos en la Ley 35/2015, de 10 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

Contra estas bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponer:

— Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el órgano que dicta el presente acto administrativo, de conformidad con el artículo 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

— Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

ANEXO

1. Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Aranjuez. Estatuto de los miembros de la Corporación. Organización política del Ayuntamiento.

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Ámbito de aplicación. Órganos de las Administraciones Públicas. Órganos colegiados. Abstención y recusación.

3. Derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Derecho de acceso a archivos y registros. Registros. Colaboración y comparecencia de los ciudadanos.

5. La obligación de la Administración de resolver. Silencio administrativo. Efectos. Términos y plazos.

6. Disposiciones y actos administrativos. Concepto y clases. Requisitos del acto administrativo. Eficacia de los actos. Ejecutividad. Efectos. Notificación. Práctica de la notificación. Publicación. Medios de ejecución forzosa. Nulidad anulabilidad e irregularidad de los actos. Transmisibilidad, conversión, conservación y convalidación de actos administrativos.

7. Fases del procedimiento administrativo (I). Concepto. Interesados en el procedimiento. Iniciación. Clases de iniciación. Subsanación y mejora de la solicitud. Medidas provisionales. Acumulación. Ordenación.

8. Fases del procedimiento administrativo (II). Instrucción. Alegaciones. Pruebas. Informes. Participación de los interesados. Finalización.

9. Revisión de actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos administrativos. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

10. Potestad sancionadora. Principios de la potestad sancionadora. Principios del procedimiento sancionador. Procedimiento sancionador.

11. Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. Principios y procedimientos de responsabilidad. Exigencia de responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

12. El presupuesto de las Entidades Locales. Principios. Estructura presupuestaria. Elaboración. Aprobación. Ejecución. Bases de Ejecución. Prórroga del presupuesto. Modificaciones presupuestarias.

13. La Hacienda Local. Normativa aplicable. Principios tributarios de las Haciendas Locales. Recursos de las Entidades Locales. Los ingresos municipales de derecho público no tributarios.

14. Los ingresos tributarios de los municipios. Tasas. Contribuciones especiales. Impuestos.

15. Personal al servicio de la Administración Local I. Concepto. Clases. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

16. Contratación del Sector Público. Contratos administrativos y contratos privados de la Administración. Requisitos de los contratos. Órganos de contratación.

Aranjuez, a 20 de febrero de 2017.—La concejal-delegada de RR HH, Montserrat Concepción García Montalvo.

(03/6.640/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170307-46