Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170307-122

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

122
Madrid número 21. Ejecución 229 de 2016-M, notificación a Resator Servicios Auxiliares, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION 229/2016-M de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. GHEORGHE DUMITRASCU frente a BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL y RESATOR SERVICIOS AUXILIARES SL sobre Despido se ha dictado en el día de la fecha Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

SE DECLARA:

Extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante, D. Gheorghe Dumitrascu y la parte ejecutada “Blaztor Servicios Integrales S.L.” y “Resator Servicios Auxiliares S.L.” con efectos de esta resolución, 2 de febrero de 2017.

Se condena a “Blaztor Servicios Integrales S.L.” y “Resator Servicios Auxiliares S.L.” a satisfacer al ejecutante, una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año trabajado, hasta el 12 de febrero de 2012, y de 33 días por año, desde esa fecha (conforme al Real Decreto 3/2012 de 10 de febrero, Disposición Transitoria Quinta), prorrateándose, en ambos casos, los períodos inferiores a una anualidad, computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta resolución, que supone el importe de 13.051,80.

Condena, también a la ejecutada, a abonar el importe 4.592,3 € brutos, en concepto de salarios de tramitación desde el despido (31/03/2016), hasta el 04/07/2016 fecha en la que encontró el ejecutante nuevo empleo (95 días).

MODO IMPUGNACION. Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DIAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art 184.1 de la L.E.C. Asimismo se deberá consignar en la Cuenta Depósitos y Consignaciones Judiciales que este Juzgado tiene abierta en el Grupo Banesto, como depósito, quienes no gocen del Derecho de Asistencia Gratuita, la cantidad de 25 Euros de conformidad con lo dispuesto en la D.A. 15ª de la L. O. 1/2009 de 3 de Noviembre, debiéndose acompañar necesariamente resguardo acreditativo de dicho ingreso, procediéndose en caso de no verificarlo a la no admisión a trámite del recurso de reposición interpuesto.

LA MAGISTRADA-JUEZ LA LETRADA ADMÓN. JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RESATOR SERVICIOS AUXILIARES SL y BLAZTOR SERVICIOS INTEGRALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Tablón de Anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de febrero de dos mil diecisiete.

LA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.653/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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