Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2017

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170213-155

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

155
Móstoles número 1. Procedimiento 538 de 2016 M, notificación a Distribuciones Suroeste Ballester Linares, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 01 de Móstoles, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 538/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GREGORIO PEDRAZA SILVESTRE frente a DISTRIBUCIONES SUROESTE BALLESTER LINARES SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

SENTENCIA N° 3/2017

En la ciudad de Móstoles, a 12 de Enero de 2017

FALLO

ESTIMAR la demanda de despido interpuesta por Don Gregorio Pedraza Silvestre contra Distribuciones Suroeste Ballester Linares S.L., DECLARANDO IMPROCEDENTE EL DESPIDO del actor y siendo imposible la readmisión, DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y CONDENO a Distribuciones Suroeste Ballester Linares S.L. a que abone al actor la indemnización de 2.034,03 euros y los salarios de trámite a razón de 49,31 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el salario percibido en Limpieza de Alfombras Sherlimp Sociedad Cooperativa si fuera superior al de trámite, percibiendo la diferencia sólo si fuera inferior, y descontando también la prestación por desempleo percibida, lo que se determinará en ejecución de sentencia.

ESTIMAR la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Gregorio Pedraza Silvestre contra Distribuciones suroeste Ballester Linares S.L., CONDENANDO a la mercantil demandada a abonar al actor la cantidad de 6.400,31 euros.

DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 EUROS, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DISTRIBUCIONES SUROESTE BALLESTER LINARES SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles , a trece de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.646/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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