Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2017

Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170213-12

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

12
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2017, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de delimitación del entorno de protección del Convento de las Monjas Trinitarias Descalzas, de Madrid, declarado Monumento Nacional.

Mediante Decreto de 11 de noviembre de 1943 (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de noviembre de 1943) fue declarado Monumento Nacional el Convento de las Monjas Trinitarias Descalzas, de Madrid. En el expediente tramitado por el Ministerio de Educación Nacional (actual Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) no consta delimitación de entorno de protección del monumento.

La vigente Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en su disposición transitoria segunda, establece que “mediante Orden de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico se podrá definir el entorno de aquellos bienes inmuebles declarados de Interés Cultural o incluidos en el Inventario cuyo entorno no hubiera sido establecido expresamente a la fecha de entrada en vigor de esta ley”.

Considerando lo anterior, en base a la propuesta técnica emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales, a efectos de permitir una adecuada percepción y comprensión cultural del ámbito que rodea el bien inmueble, tal y como se define en el artículo 4.1 de la citada Ley 3/2013 y en virtud de las competencias establecidas en el artículo 26.1.b) del Decreto 192/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto de 2015),

RESUELVO

Primero

Incoar expediente para la delimitación del entorno de protección del Convento de las Monjas Trinitarias Descalzas, de Madrid, declarado Monumento Nacional mediante Decreto de 11 de noviembre de 1943, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 24 de noviembre de 1943, cuya justificación, descripción y definición gráfica figuran en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo

Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes y al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en el tablón de anuncios por el plazo de un mes.

Tercero

Abrir un período de información pública por un plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual se dará audiencia al Ayuntamiento de Madrid, a los interesados y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, todo ello a fin de que cuantas personas tengan interés puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural, calle Arenal, número 18, 28013 Madrid, y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Cuarto

Ordenar que la presente Resolución se notifique al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid para su anotación en los correspondientes registros.

Madrid, a 26 de enero de 2017.—La Directora General de Patrimonio Cultural, Paloma Sobrini Sagaseta de Ilurdoz.

ANEXO

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DEL CONVENTO DE LAS MONJAS TRINITARIAS DESCALZAS, DE MADRID

A) Motivación o justificación del entorno

La delimitación del entorno de protección del monumento viene justificada por la necesidad del mantenimiento de los valores ambientales y arquitectónicos que permitan su correcta percepción, contextualización histórica y comprensión, realzando las características intrínsecas del inmueble.

Dicha delimitación permite a las Administraciones públicas controlar y adecuar las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas que se planteen en el ámbito, evitando afecciones negativas al monumento, tanto visuales como funcionales o de otra índole, que impliquen la pérdida de los valores reconocidos en el expediente de declaración.

B) Descripción literal

El Convento de las Monjas Trinitarias Descalzas de Madrid, ubicado en la manzana catastral 08417 entre las calles de Lope de Vega, Costanilla de las Trinitarias y Huertas, declarado Monumento Nacional (actualmente Bien de Interés Cultural) mediante Decreto de 11 de noviembre de 1943, ocupa una superficie de 2.502,20 metros cuadrados.

El entorno de protección ahora delimitado, con una superficie de 0,91 hectáreas, comprende el viario perimetral, los espacios libres y las parcelas contenidos dentro de la línea continua grafiada en el plano adjunto, cuya descripción literal es la siguiente:

En la calle de Lope de Vega, las fincas números 13 y 15 (con vuelta a la calle de Quevedo), parcelas catastrales 13 y 12 de la manzana catastral 08416; las fincas 17, 19, 21 y 23 (con vuelta a la calle de San Agustín), parcelas catastrales 11, 10, 09 y 08 de la manzana catastral 09419; las fincas números 25, 27 y 29 de la manzana catastral 10412; las fincas números 12, 14 y 16, parcelas catastrales 06, 07 y 08 de la manzana catastral 08417; las fincas números 20 (con vuelta a la Costanilla de las Trinitarias) y 22, parcelas catastrales 01 y 02 de la manzana catastral 10403. Incluye también el viario de la calle de Lope de Vega desde el lindero de las fincas 10 y 12 hasta el lindero de las fincas 22 y 24 de dicha calle.

En la calle de las Huertas, las fincas números 43 y 45, parcelas catastrales 07 y 16 de la manzana catastral 08417; las fincas números 49 (con vuelta a la Costanilla de las Trinitarias), 51 y 53, parcelas catastrales 20, 19 y 18 de la manzana catastral 10403; las fincas números 34 (con vuelta a la calle del Amor de Dios), 36, 38, 40, 42, 44, 46 y 48 (con vuelta a la calle de San José), parcelas catastrales 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08 de la manzana catastral 09402; las fincas números 50 y 52, parcelas catastrales 01 y 02 de la manzana catastral 09406. Incluye también el viario de la calle de las Huertas desde la calle del Amor de Dios hasta el lindero de las fincas 52 y 54 de dicha calle.

En la calle de Quevedo, la finca número 8, parcela catastral 11 de la manzana catastral 08416. Incluye también el viario de la calle de Quevedo desde la calle de Lope de Vega hasta el lindero de las fincas 6 y 8 de dicha calle.

En la calle de San Agustín, la finca número 17, parcela catastral 17 de la manzana catastral 10412. Incluye también el viario de la calle de San Agustín desde la calle de Lope de Vega hasta el lindero de las fincas 15 y 17 de dicha calle.

Incluye el viario de la calle de San José desde la calle de las Huertas hasta el lindero de las fincas 1 y 3 de dicha calle.

Incluye también el viario completo de la Costanilla de las Trinitarias que enlaza las calles de Lope de Vega y de las Huertas.

C) Definición gráfica

Se adjunta plano de delimitación del monumento y su entorno de protección.



(03/3.576/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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