Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170213-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

53
Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Modificación delegaciones

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia número 0230/2017, se hace público lo siguiente:

Primero.—Se modifica la resolución de Alcaldía número 4255/2016, de fecha 24 de noviembre, en los siguientes términos:

Se modifica el epígrafe a) del apartado B.1.3 del primer punto de la parte dispositiva de dicha resolución, sobre delegación del ejercicio de competencias en favor del primer teniente de alcalde, don Joaquín Navarro Calero en materia de Hacienda Local, que pasa a tener la siguiente redacción:

“a) El reconocimiento, ordenación y realización del pago de las obligaciones derivadas de gastos autorizados y dispuestos, incluyendo los que lo hayan sido por el Pleno o la Junta de Gobierno Local, así como los actos administrativos en los que se acumulan las fases de autorización, disposición y reconocimiento de obligaciones”.

Segundo.—Esta resolución será efectiva desde el día de su firma y será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Esta resolución será notificada para su aceptación al primer teniente de alcalde, haciéndole saber que, de acuerdo con el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986 citado, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación no realiza ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.

Tercero.—Esta resolución se notificará a los portavoces de los grupos municipales, se dará cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que se celebre y se insertará en el libro de resoluciones de Alcaldía-Presidencia.

Cuarto.—Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa (artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-LPACAP).

b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición) podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que dispone de un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En Villaviciosa de Odón, a 27 de enero de 2017—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/3.506/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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