Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170213-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdemorillo. Régimen económico. Ordenanza tasa dominio público local

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2016, ha adoptado, entre otros, acuerdos de:

— Aprobación inicial de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local.

— Aprobación inicial de modificación de la ordenanza municipal reguladora de la instalación de terrazas, mesas y veladores en la vía pública.

Los citados acuerdos provisionales y sus expedientes estarán expuestos al público durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados puedan examinar los expedientes y presentar, en su caso, las alegaciones, reclamaciones y/o sugerencias que estimen oportunas, durante dicho plazo, en días y horas hábiles de oficina, no considerándose hábiles, a estos efectos, los sábados.

En el caso de no presentarse reclamaciones en ese plazo se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos provisionales citados, de conformidad con el artículo 17.3 del citado texto refundido y párrafo segundo del artículo 49 de la Ley 7/1985, citada.

Valdemorillo, a 24 de enero de 2017.—La alcaldesa, Gema González Fernández.

(03/3.508/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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