Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
18-01-2017

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170118-6

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 4070/2016, de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se revocan las ayudas concedidas mediante la Orden 3970/2016, de 20 de diciembre, por la que se conceden ayudas en el año 2016 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.

Mediante Orden 2380/2016, de 21 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se aprueba la convocatoria para el año 2016, de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.

En virtud del Decreto 100/2016, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se faculta a la Dirección General de Juventud y Deporte en el artículo 10.1.2.g) para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas.

Por Orden 3970/2016, de 20 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte se conceden ayudas en el año 2016 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales y se aprueba la relación de suplentes prevista en el artículo 7 de la Orden 2380/2016, de 21 de julio, anteriormente mencionada.

El artículo 4 de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería prevé la delegación en el Director General de Juventud y Deporte en relación con todas las líneas de subvención, para la adopción de los actos que procedan en los procedimientos relativos a la gestión de las subvenciones que sean posteriores a la fase de concesión de las mismas, incluyendo los de prórrogas y de reintegro, y demás incidencias que pudieran surgir en relación con los beneficiarios, tales como las declaraciones de desistimiento y renuncia.

Con posterioridad a la concesión, y dentro del plazo de justificación establecido por la Orden 2380/2016, de 21 de julio, se han producido las siguientes incidencias:

— El certificado emitido por la Federación Madrileña de Natación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden 2380/2016, de 21 de julio, anteriormente citada, respecto de don Alberto Lozano Mateos, señala que no cumple las condiciones de los apartados a) y c) de dicho artículo.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Primero

Revocar la ayuda concedida a don Alberto Lozano Mateos, al no haberse dado todas las condiciones que justifican el pago de la citada ayuda.

Segundo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

En Madrid, a 27 de diciembre de 2016.—El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, PD (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre), el Director General de Juventud y Deporte, Pablo Salazar Gordon.

(03/948/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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