Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4

Fecha del Boletín 
05-01-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170105-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AMBITE

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Ambite. Régimen económico. Padrones impuestos

Doña Eva Cruz Muñoz Martínez, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Ambite (Madrid).

Hago saber: Que, de conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos del plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de cobro periódico por recibo del ejercicio 2015, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento, sita en la plaza Mayor, número 1, 28580 Ambite (Madrid), así como en las entidades bancarias autorizadas (“Bankia”, “Santander”, “BBVA” y “la Caixa”), en las fechas siguientes:

— Del 4 de enero al 3 de marzo de 2017:

• Tasas de vados y basura.

— Del 15 de marzo al 17 de mayo de 2017:

• Primer semestre del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

— Del 31 de mayo al 31 de julio de 2017:

• Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Del 27 de septiembre al 29 de noviembre de 2017:

• Segundo semestre del impuesto sobre bienes inmueble de naturaleza urbana.

• Impuesto sobre bienes inmueble de naturaleza rústica.

• Impuesto sobre actividades económicas.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

A los contribuyentes acogidos al Servicio Especial de Pagos (pago en 4) los recibos les serán cargados en su cuenta el día cuarto hábil o inmediatamente posterior de los meses abril, junio, agosto y noviembre del año 2017.

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

En Ambite, a 7 de diciembre 2016.—La alcaldesa-presidenta, Eva Cruz Muñoz Martínez.

(02/44.299/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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