Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 314

Fecha del Boletín 
30-12-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161230-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERVERA DE BUITRAGO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Cervera de Buitrago. Régimen económico. Presupuesto general 2017

Aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2016, el presupuesto ordinario para el ejercicio de 2017, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público por el espacio de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que por los interesados puedan presentar las reclamaciones y alegaciones que se estimen oportunas.

En caso de no presentarse reclamaciones o alegaciones, se entenderá aprobado definitivamente el referido presupuesto, en previsión de lo cual se publica a continuación el resumen del mismo:



Asimismo la plantilla de esta Corporación para el ejercicio 2017 es la siguiente:

a) Funcionarios: secretario-interventor agrupado con el municipio de El Berrueco.

b) Laborales temporales: un auxiliar administrativo, dos peones a jornada completa y un educador a jornada parcial.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Cervera de Buitrago, a 22 de diciembre de 2016.—El alcalde, Isidro Parra Acevedo.

(03/45.248/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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