Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 314

Fecha del Boletín 
30-12-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161230-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57

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Madrid número 57. Procedimiento 468 de 2016, notificación a herederos de don Nicolás Palencia Vázquez y doña Valentina Frías Palencia

EDICTO

Doña Ana Ruiz Madrazo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 57.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 468 de 2016, instados por la procuradora doña María Pilar Tello Sánchez, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios Calle Tesoro, 13, de Madrid, contra la herencia yacente e ignorados herederos de don Nicolás Palencia Vázquez y doña Valentina Frías Palencia, en reclamación de cantidad, por importe de 17.324,25 euros, en los que se ha dictado en fecha 24 de noviembre de 2016 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando la demanda presentada por la procuradora de los Tribunales señora Tello Sánchez, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios Calle Tesoro, 13, de Madrid, contra la herencia yacente e ignorados herederos de don Nicolás Palencia Vázquez y doña Valentina Frías Palencia, debo condenar y condeno solidariamente a dichos demandados a que abonen a la actora la cantidad de 17.848,65 euros, así como al pago de los intereses legales devengados desde la fecha de la interposición de la demanda, o desde los respectivos vencimientos, y al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes y dese cumplimiento en lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo de que contra la misma cabe recurso de apelación ante este Juzgado para la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de la presente, de conformidad con lo previsto en los artículos 458 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, de 4 de noviembre, se indica la necesidad de constitución de depósitos para recurrir por importe de 50 euros, en la cuenta de este Juzgado en el Banesto, y a favor de estos autos; en caso de defecto y omisión o error en la constitución, se concederá a la parte plazo de dos días para la subsanación. De no efectuarlo, quedará firme la resolución impugnada (artículo 1.19.15.a, depósito para recurrir).

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones, y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por el magistrado-juez que la dictó, estando celebrando en audiencia pública y presente yo, la letrada de la Administración de Justicia.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, la herencia yacente e ignorados herederos de don Nicolás Palencia Vázquez y doña Valentina Frías Palencia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/43.731/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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