Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
16-12-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161216-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

173
Madrid número 29. Procedimiento 1.138 de 2015, notificación a Wit&Ki Fachada, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1138/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ADRIAN CASUS POPA, D./Dña. MIL MIHAITA CUREA y D./Dña. MARIUS DANIEL CUREA , frente a FOGASA y WIT&KI FACHADA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

Que estimando parcialmente la demanda en reclamación de cantidad, interpuesta por D./Dña. ADRIAN CASUS POPA, D./Dña. MIL MIHAITA CUREA y D./Dña. MARIUS DANIEL CUREA, vengo a condenar a la empresa FOGASA y WIT&KI FACHADA SL a satisfacerles, por los conceptos de la demanda, la siguientes cantidades, con más el 10% anual de interés por mora:

D. Mili Mihaita Curea: 14.315,40 euros.

D. Marius Daniel Curea: 14.532,90 euros.

D. Adrian Casius Popa: 15.690,06 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito presentado en la secretaria de este Juzgado dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia y designando Letrado o Graduado Social colegiado para su tramitación, y que deberán acreditar el ingreso de las correspondiente tasa al momento de interponerlo salvo que gocen del beneficio de justicia gratuita

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a WIT&KI FACHADA SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/41.243/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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