Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
16-12-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161216-220

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4

220
Jaén número 4. Ejecución 90 de 2016, notificación a Belges Interwork, S. L.

EDICTO

Don Miguel Ángel Rivas Carrascosa, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Jaén.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 90 de 2016, a instancias de la parte actora don Emilio Jesús Reina Fernández, don Emilio José Reina Pérez, don José Mateo González Cuenca, don Miguel Casado García, don José Garrido Díaz y don José Martín Carrasco, contra “Belges Interwork, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 11 de noviembre de 2016, del tenor literal siguiente:

Decreto número 388 de 2016

Letrado de la Administración de Justicia, don Miguel Ángel Rivas Carrascosa.—En Jaén, a 11 de noviembre de 2016.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada “Belges Interwork, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional por importe de 25.406,71 euros en concepto de principal, más 5.081,34 euros presupuestados para intereses y costas del procedimiento, sin perjuicio de ulterior y definitiva liquidación.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en los libros de registro correspondientes de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes de la ejecutada sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión a interponer ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social), constituyendo el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita el depósito de 25 euros en la cuenta del “Banco Santander”, número 2090/0000/30/0090/16, acreditándolo con el correspondiente resguardo, y sin cuyo requisito no se dará trámite al recurso. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Lo acuerdo y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Belges Interwork, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 14 de noviembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/41.436/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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