Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
15-12-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161215-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

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Madrid número 93. Procedimiento 319 de 2016, notificación a don Wellyn Stalin Noriega Aragundi

EDICTO

Don Enrique Cilla Calle, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 319 de 2016, instados por el procurador don José Luis Sánchez San Frutos, en nombre y representación de doña Narcisa de Jesús Saa Tuares, contra don Wellyn Stalin Noriega Aragundi, en los que se ha dictado sentencia en fecha 11 de noviembre de 2016, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador don José Luis Sánchez San Frutos, en nombre y representación de doña Narcisa de Jesús Saa Tuares, frente a don Wellyn Stalin Noriega Aragundi, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por los cónyuges doña Narcisa de Jesús Saa Tuares y don Wellyn Stalin Noriega Aragundi, celebrado en Daule, provincia de Guayas (Ecuador), el día 14 de octubre de 2008, con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, entréguese testimonio de ella a la parte demandante a los efectos registrales oportunos, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado, notifíquese la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá prepararse, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Wellyn Stalin Noriega Aragundi, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/41.279/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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