Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
25-11-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161125-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 12

144
Valencia número 12. Expediente 223 de 2016, notificación a Cecom Data, S. A., y otros

EDICTO

Don Lorenzo Navarro Lorente, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 12 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el expediente número 223 de 2016, a instancias de don José Abel Muñoz Miralles, contra “Cogesman Mediterráneo, Sociedad Anónima”, “Cecom Data, Sociedad Anónima”, “Cecom Instalaciones de Seguridad, Sociedad Anónima”, y “Cecom, Sociedad Anónima”, en reclamación por extinción de contrato y cantidad, en el que el día 25 de octubre de 2016 se ha dictado resolución, cuyo fallo es el siguiente:

Estimando la demanda que da origen a estas actuaciones, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes con efectos de fecha 25 de octubre de 2016, por causa de incumplimiento contractual del empresario, condenando a las empresas “Cecom, Sociedad Anónima”, “Cecom Instalaciones de Seguridad, Sociedad Anónima”, y “Cecom Data, Sociedad Anónima”, de forma solidaria, a que abonen al actor don José Abel Muñoz Miralles el importe de 44.575,95 euros en concepto de salarios adeudados, que deberán incrementarse en el interés por demora del 10 por 100 anual, y la indemnización de 80.758,14 euros, y a don Antonio Cebriá Redorat el importe de 35.967,77 euros en concepto de salarios adeudados, que deberán incrementarse en el interés por demora del 10 por 100 anual, y la indemnización de 74.638,61 euros.

Condeno al administrador concursal de “Sociedad Certamen Creditotum, Sociedad Limitada Profesional”, a estar y pasar por lo resuelto anteriormente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación, lo que podrá efectuar el interesado al hacerle la notificación con la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o bien por comparecencia o por escrito presentado, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo social. Es requisito necesario que al tiempo de hacer el anuncio se haga el nombramiento de letrado o graduado social que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social presente en la Secretaría del Juzgado el documento que acredite haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, abierta a nombre del Juzgado la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de esta sentencia que se unirá a las actuaciones y llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que así conste y sirva de notificación en forma a “Cecom Data, Sociedad Anónima”, “Cecom Instalaciones de Seguridad, Sociedad Anónima”, y “Cecom, Sociedad Anónima”, que se encuentran en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndoles saber a las mismas de que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se les harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 26 de octubre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/39.479/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161125-144