Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
25-11-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161125-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDETORRES DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Valdetorres de Jarama. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto, los artículos 20.1 y 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Intervención de esta Entidad Local se halla expuesto al público el expediente de concesión de crédito extraordinario por importe de 59.488,11 euros, que afecta al vigente presupuesto y que fue aprobado inicialmente por mayoría absoluta por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el día 3 de noviembre de 2016, financiado con remanente líquido de Tesorería disponible procedente de la liquidación del presupuesto de esta Entidad del ejercicio 2015.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido citado a que se ha hecho referencia y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento.

En Valdetorres de Jarama, a 4 de noviembre de 2016.—El alcalde-presidente, José Manuel Acevedo Ramos.

(03/38.880/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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