Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
16-11-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161116-151

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

151
Madrid número 21. Procedimiento 294 de 2016-A, notificación a Gaberna Energy, S. L., y All Stars Fitness Products, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 294 de 2016-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Sosa Lérida, frente a “All Stars Fitness Products, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Gaberna Energy, Sociedad Limitada”, y Servicio Público Estatal de Empleo, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda presentada a instancias de don Juan Sosa Lérida, asistido del letrado don Pedro Feced Martínez, contra Servicio Público Estatal de Empleo, representado y asistido por la letrada del Servicio Público Estatal de Empleo, doña María de los Ángeles Gamero Soto, declaramos que la base reguladora diaria de la prestación por desempleo reconocida al actor es de 106,60 euros diarios, a cuyo pago queda condenado el Servicio Público Estatal de Empleo. Todo ello sin perjuicio de las acciones que la entidad gestora pueda adoptar contra las empresas “All Stars Fitness Products, Sociedad Limitada”, y “Gaberna Energy, Sociedad Limitada”, en orden a su responsabilidad por las diferencias generadas entre la base inicialmente reconocida por la entidad gestora y la ahora declarada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante, al hacerle la notificación de la sentencia, de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recurso deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo social en el “Banco Santander” con el número 2519, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justicia gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300,00 euros en esa misma cuenta bancaria.

Así lo acuerda, manda y firma doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Publicación

Dada, leída y publicada la anterior sentencia por la magistrada-juez que la dictó, encontrándose celebrando audiencia pública el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de Justicia, doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gaberna Energy, Sociedad Limitada”, y “All Stars Fitness Products, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 17 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.211/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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