Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
16-11-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161116-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

149
Madrid número 20. Procedimiento 328 de 2016, notificación a don Manuel Héctor Benites Montañez

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 328 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Héctor Benites Montañez, frente a “Claro Sol Facilities, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre procedimiento de impugnación de sanciones (artículos 114 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral), se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Almudena Ortiz Martín.— En Madrid, a 7 de abril de 2016.

Por repartida la anterior demanda el día 7 de mayo de 2016 presentada por don Manuel Héctor Benites Montañez, teniendo por parte demandada a “Claro Sol Facilities, Sociedad Limitada Unipersonal”, regístrese y fórmense los autos, y como quiera que se advierte falta copia de la demanda para su traslado al ministerio fiscal, no ha lugar, por ahora, a su admisión a trámite, requiriéndose al actor a fin de que en el plazo de cuatro días subsane el defecto indicado, con advertencia de que caso de no hacerlo así en el indicado plazo, se dará cuenta al Tribunal para que acuerde lo que proceda sobre la admisión de la demanda.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Manuel Héctor Benites Montañez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 13 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.227/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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