Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
24-10-2016

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161024-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

URBANISMO

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Las Rozas de Madrid. Urbanismo. Estudio de Detalle manzana 14

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente, la modificación del Estudio de Detalle de la manzana 14 del Área de Planeamiento Remitido PR VII “Parque Empresarial” de Las Rozas de Madrid.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del Estudio de Detalle en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Lo que se publica para general conocimiento, significando que ha sido remitido con fecha 5 de octubre de 2016, un ejemplar de la modificación del Estudio de Detalle de la manzana 14 del Área de Planeamiento Remitido PR VII “Parque Empresarial”, diligenciado en formato digital, al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Lo que se notifica para general conocimiento y efectos, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado o Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses advirtiendo de que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución. Con carácter potestativo se podrá, asimismo, interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dictó el acto impugnado. No se podrá presentar el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

No obstante se podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno, de conformidad con la legislación vigente.

En Las Rozas de Madrid, a 6 de octubre de 2016.— El alcalde-presidente, PD (decreto 1346/2016 de 7 de abril), el concejal-delegado (firmado).

(03/34.956/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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