Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
07-10-2016

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161007-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RASCAFRÍA

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Rascafría. Régimen económico. Padrones tributos

Aprobados definitivamente por decreto de esta Alcaldía dictado con fecha de 22 de septiembre de 2016, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales del Ayuntamiento de Rascafría, referidos todos ellos al ejercicio de 2016, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público a partir del día 26 de septiembre de 2016 en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Rascafría y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, como previo al recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora del Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de los impuestos de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rustica correspondiente al año 2016, en:

— Localidad: Rascafría.

— Oficina de recaudación: plaza de la Villa, número 1.

— Plazo de ingreso: del 10 de octubre al 12 de diciembre de 2016.

— Horario: de diez a trece horas.

Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en las oficinas de las siguientes entidades “Bankia, Sociedad Anónima”, y “Banco Popular Español, Sociedad Anónima” (entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria del artículo 9 del Reglamento General de Recaudación). En horarios y días establecidos por dichas entidades.

Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán retirarlo en la Oficina de Recaudación en el horario y plazo establecido.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

En Rascafría, a 22 de septiembre de 2016.—El jefe de Recaudación, Juan Antonio García Fraile.

(02/32.922/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161007-59