Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
07-10-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161007-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 62

81
Madrid número 62. Procedimiento 978 de 2015

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 978 de 2015, entre “Ente Público RTVE” (en liquidación) y “7 Days”, en reclamación de 4.090,34 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 71

En Madrid, a 15 de febrero de 2016.—Doña Manuela Hernández Lloreda, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal con el número 978 de 2015, seguidos por el abogado del Estado, en nombre y representación del “Ente Público RTVE” (en liquidación), contra “7 Days”, en situación procesal de rebeldía, procede a dictar la presente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el abogado del Estado, en nombre y representación del “Ente Público RTVE” (en liquidación), condeno a “7 Days”, en situación procesal de rebeldía, al pago de la suma de 4.090,34 euros, debiendo abonar los intereses legales previstos en la Ley 3/2004 en los términos reclamados, junto al pago de las costas procesales causadas.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado por medio de escrito en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de su notificación.

Y para que sirva de notificación a “7 Days” expido y firmo la presente en Madrid, a 5 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.636/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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