Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
29-09-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160929-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

74
Madrid número 2. Procedimiento 448 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paula Mateo Erroz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 448 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de las Mercedes Murua Brasero, frente a “Moreno y Silva Consultores, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

Sentencia número 355 de de 2016

En Madrid, a 22 de julio de 2016.—Vistos por la magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 2 de refuerzo, doña María Romero-Valdespino Jiménez, los presentes autos número 448 de 2016, seguidos a instancias de doña María de las Mercedes Murua Brasero, contra “Moreno y Silva Consultores, Sociedad Limitada”, sobre despido, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda de despido a instancias de doña María de las Mercedes Murua, frente a “Moreno y Silva Consultores, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora producido el día 25 de febrero de 2016. Condenando a la empresa demandada a optar entre readmitir a la actora en su puesto de trabajo con abono de salarios de tramitación desde el despido, o bien indemnizarle con la cantidad de 13.019,78 euros, sin que proceda, en este caso, el abono de salarios de tramitación.

Advirtiendo a la empresa que la opción deberá realizarse en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la sentencia, sin esperar a su firmeza, por escrito o por comparecencia ante el Juzgado. Y que de no optar en tiempo y forma se entenderá que procede la readmisión.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Moreno y Silva Consultores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 22 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.253/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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