Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
22-09-2016

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160922-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

URBANISMO

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Griñón. Urbanismo. Notificación acuerdo

El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de septiembre de 2016, adoptó el siguiente acuerdo, que se transcribe literalmente a continuación, relativo a la aprobación de propuesta de concesión de trámite de audiencia a los interesados en el expediente de revisión de oficio del acuerdo plenario de fecha 12 de abril de 2010, en relación con la repercusión de los costes del colector general de pluviales a los propietarios de los sectores de suelo urbanizable 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de las Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Griñón, iniciado mediante acuerdo plenario de fecha 14 de abril de 2016, conforme al dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid número 389/2016, de 8 de septiembre:

“Primero.—Retrotraer el procedimiento de revisión de oficio del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Griñón de 12 de abril de 2010, en relación con la repercusión de los costes del colector general de pluviales a los propietarios de los sectores de suelo urbanizable 1, 2, 3, 4, 5 y 6, acordado su inicio mediante acuerdo del Pleno Municipal de fecha 14 de abril de 2016; al momento previo a la propuesta de resolución de alegaciones y de declaración de nulidad del acuerdo de Pleno de 12 de abril de 2010, conservando los actos y trámites realizados hasta entonces.

Segundo.—Notificar el presente acuerdo a los interesados y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dando trámite de audiencia por plazo de diez días para que aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes sobre la causa de nulidad invocada en el artículo 62.1.g) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, nulidad de pleno derecho del acto administrativo por así establecerlo expresamente en una disposición de rango legal, de acuerdo con la fundamentación jurídica anterior, que se da por reproducida a todos los efectos.

Tercero.—Tramitado lo anterior, facultar a la Alcaldía para solicitar, a través del consejero competente, el dictamen preceptivo de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid”.

Lo que se comunica para general conocimiento con indicación de que contra el anterior acuerdo no cabe recurso alguno al tratarse de un mero acto de trámite. Todo ello sin perjuicio de lo que pueda estimar como más conveniente a su derecho.

En Griñón, a 16 de septiembre de 2016.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.

(02/32.333/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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