Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
21-09-2016

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160921-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Bustarviejo. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Decreto de Alcaldía número 226 de 2016

Previo estudio por el grupo de gobierno y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en los artículos 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, resuelvo:

Primero.—Delegar en la concejala doña María Mar Toharia Terán las atribuciones legales reconocidas a esta Alcaldía en las materias de educación, infancia y juventud, comprendiendo las de dirigir, organizar y supervisar la actividad municipal, de gestión directa o de colaboración con personas y entidades públicas y privadas mediante contrataciones, adoptar iniciativas, llevar a cabo programas de actividades e inversiones y autorizar, disponer y aprobar gastos previa propuesta a la Intervención. Todo ello, dentro de los límites fijados en el presupuesto general de cada ejercicio y conforme a sus bases de ejecución.

Adoptar cuantas resoluciones sean precisas en los procedimientos que afecten a terceros, incoados por aplicación de la legislación vigente y demás normativa aplicable.

Representar al Ayuntamiento en cuantos órganos ostenten competencias en las materias señaladas.

Segundo.—De las decisiones resolutivas a adoptar en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el alcalde, se informará a este a efectos de coordinación.

Tercero.—Del presente decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre, notificándose a los designados y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de su firma.

Bustarviejo, a 8 de septiembre de 2016.—El alcalde-presidente, Raúl San Juan López.

(03/31.298/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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