Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
12-09-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160912-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

78
Madrid número 39. Procedimiento 1.553 de 2013-z

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre “Sociedad Gestora de Construcción Cuatro, Sociedad Limitada Laboral”, y don Gabriel Fernández Cano y don Luis de la Hoz Morán, en reclamación de 6.632,38 euros, en cuyos autos se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 190 de 2016

En Madrid, a 27 de mayo de 2016.—Don Francisco Javier Just Bauluz, juez sustituto del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, ha visto las presentes actuaciones de juicio ordinario, seguidas en este Juzgado con el número 1.553 de 2013, a instancias de “Sociedad Gestora de Construcción Cuatro, Sociedad Limitada Laboral”, representada por la procuradora de los tribunales doña Teresa Puente Méndez y asistida del letrado don Fernando Palacios Morales, contra don Luis de la Hoz Morán, declarado en situación procesal de rebeldía, y don Gabriel Fernández Cano, representado por la procuradora doña Belén Montalvo Soto y asistido de la letrada doña Beatriz Cea Rodero, en ejercicio de acción de responsabilidad contractual contra el primero y extracontractual contra el segundo, con reclamación de cantidad.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Teresa Puente Méndez, en nombre y representación de “Sociedad Gestora de Construcción Cuatro, Sociedad Limitada Laboral”, y condeno a don Luis de la Hoz Morán, en situación procesal de rebeldía, y a don Gabriel Fernández Cano, representado por la procuradora de los tribunales doña Belén Montalvo Soto, a pagar a la actora, conjunta y solidariamente, la cantidad de 6.632,38 euros, más el interés legal devengado por dicha cantidad desde la reclamación judicial. Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a los demandados.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación.

Para la presentación de dicho recurso será necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe de 50 euros, lo que deberá ser acreditado a la interposición del recurso. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 4050 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2533-0000-03-1454-15.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el juez que la suscribe en audiencia pública y día de la fecha, de lo que yo, el letrado de la Administración de Justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Luis de la Hoz Morán expido y firmo la presente en Madrid, a 11 de julio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/30.448/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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