Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
26-07-2016

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160726-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SERRANILLOS DEL VALLE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

85
Serranillos del Valle. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Considerando que corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por orden de su nombramiento, al alcalde en caso de ausencia, enfermedad o impedimento que posibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones de alcalde en los supuestos de vacante de la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde.

Considerando que entre los días 11 y 19 de julio de 2016 (ambos inclusive), por vacaciones, el alcalde se encontrará ausente del municipio.

Por razones organizativas se hace conveniente delegar en don Rubén Fernández Díaz, primer teniente de alcalde.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, probado por Real Decreto 2586/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero.—Delegar en don Rubén Fernández Díaz, primer teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, entre los días 11 y 19 de julio de 2016 (ambos inclusive).

Segundo.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

En Serranillos del Valle, a 6 de julio de 2016.—El alcalde-presidente, Iván Fernández Heras.

(03/26.083/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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