Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
30-06-2016

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160630-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES Y MUJER LA MALICIOSA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

53
Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa. Organización y funcionamiento. Ordenanza teleasistencia a domicilio

En la Secretaría de esta Mancomunidad y conforme disponen los artículos 49, 70.2 y 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones, el expediente relativo a la modificación de la ordenanza de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer “La Maliciosa”, reguladora del establecimiento de la prestación del Servicio de Teleasistencia a Domicilio, aprobada inicial o provisionalmente por la Junta de Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer “La Maliciosa” en la sesión ordinaria, celebrada el día 18 de mayo del año 2016.

Los interesados legitimados según lo dispuesto en la legislación anteriormente referida, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y reclamaciones: treinta días naturales, contados desde el día siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General de la Mancomunidad.

c) Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad.

En ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública antes citado, el acuerdo de aprobación inicial de las citadas ordenanzas quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

En Guadarrama, a 25 de mayo de 2016.—El presidente de la Mancomunidad, José Conesa López.

(03/23.024/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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