Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160621-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

160
Madrid número 24. Procedimiento 1.331 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Lucía Beltrán Fernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.331 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Haydee Morazzani Molina, doña Dominga Cáceres del Valle, don Juan Ángel Ortiz Sánchez, doña Julia Alda Molina, doña María Angustias López Reina López, doña María del Rosario González Segura, doña María Isabel García Santamaría, doña María Luisa Pedraz Muñoz, doña María del Pilar Delgado Antón, doña María Resurrección Rojo Peñalvo, doña Patricia Muñoz Moreno, doña Patricia del Carmen Meza Tunjar y don Wilson Guliver Cabanillas Rubio, frente a don Joseph El Khoury Boutros, “Anwara Zona Centro, Sociedad Limitada”, “CPI Developments Spain 2009, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Restauración Vallesana, Sociedad Anónima”, y don Pedro B. Martín Molina, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 10 de mayo de 2016, en los términos siguientes:

La parte actora desiste de su demanda por haber dictado sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el procedimiento de despido colectivo número 893 de 2015 declarando nulo el despido de los trabajadores afectados por el mismo, entre los que se encuentran los demandantes, y haber sido readmitidos por “Restauración Vallesana, Sociedad Anónima Unipersonal”.

“Restauración Vallesana, Sociedad Anónima Unipersonal”, reconoce la circunstancia anterior y manifiesta que abonará las cantidades derivadas de salarios de tramitación una vez descontadas las prestaciones percibidas por los trabajadores del Servicio Público Estatal de Empleo en los términos y fechas que se acuerde con el comité de empresa en la negociación que actualmente se está llevando a cabo.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2522/0000/61/1331/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Anwara Zona Centro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 20 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/20.225/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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