Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160621-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Ordenanza venta vía pública

En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 11 de mayo de 2016, acordó con las mayorías exigidas por la Ley aprobar inicialmente la ordenanza reguladora de venta en vía pública y espacios abiertos.

El expediente se encuentra expuesto al público en la dependencia de la Secretaría municipal de este Ayuntamiento, a fin de que las personas interesadas legítimas a que hacen referencia los artículos 31 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 49 de la Ley 7/1985, puedan examinarlo durante un plazo de treinta días hábiles a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y presentar ante el Pleno las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de no presentarse reclamación o alegación alguna la citada ordenanza se entenderá aprobada definitivamente, entrando en vigor al día siguiente al de su publicación completa en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su notificación a la Administración de la Comunidad de Madrid y del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, quedando derogada la ordenanza reguladora de la venta ambulante actualmente en vigor de 1 de abril de 1998.

En Arganda del Rey, a 8 de junio de 2016.—El concejal de Modelo de Ciudad, Obras Públicas y Salud Pública, Jorge Canto López.

(03/21.681/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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