Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2016

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160614-11

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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ORDEN de 15 de abril de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, de corrección de errores de la Orden de 23 de diciembre de 2015, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan ayudas para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales en el ámbito de la Comunidad de Madrid para el año 2016.

El día 30 de marzo de 2016 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 75 la Orden de 23 de diciembre de 2015, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan ayudas para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales en el ámbito de la Comunidad de Madrid para el año 2016.

Se advierte error material en el artículo 15, apartado 2, párrafo primero, al remitir a un apartado inexistente del artículo 14 de la convocatoria citada.

El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), referido a la revocación de actos y rectificación de errores, dispone: “2. Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

En su virtud,

DISPONGO

Único

Se procede a la corrección del artículo 15, apartado 2, párrafo primero, en los siguientes términos:

Donde dice:

“2. La presentación de la documentación justificativa se realizará en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha en que se publique la Orden resolviendo la convocatoria en la forma prevista en el apartado 9 del artículo 14”.

Debe decir:

“2. La presentación de la documentación justificativa se realizará en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha en que se publique la Orden resolviendo la convocatoria en la forma prevista en el apartado 8 del artículo 14”.

(03/21.614/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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