Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160614-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

92
Madrid número 6. Procedimiento 372 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva San Pablo Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 372 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Cruz Aparicio, frente a “Orymu Artes Gráficas, Sociedad Anónima”, “Sigma Encuadernación, Sociedad Limitada”, “Expertos en Impresión P & S, Sociedad Limitada”, y don Gregorio de la Morena Sanz (administrador concursal), sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que desestimando las excepciones procesales invocadas por las codemandadas, y desestimando la demanda de despido interpuesta por don Juan Cruz Aparicio, contra las empresas “Orymu Artes Gráficas, Sociedad Anónima”, en situación de concurso voluntario, de la que es administrador concursal don Gregorio de la Morena Sanz; “Sigma Encuadernación, Sociedad Limitada”, en liquidación, y “Expertos en Impresión P & S, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro procedente dicho despido tramitado y aprobado por el Juzgado de lo mercantil número 1 de Madrid.

Que apreciando la falta de acción respecto a la acción de extinción de contrato mantenida por el referido demandante contra las mencionadas empresas, debo desestimar y desestimo dicha pretensión.

Que estimando la reclamación de cantidad formulada por el actor, en la cuantía a que quedó reducida en el acto de juicio, debo condenar y condeno a “Orymu Artes Gráficas, Sociedad Anónima”, a abonar al demandante 10.079,33 euros que le adeuda por los conceptos reconocidos en el concurso como crédito con priviliegio general, por los salarios devengados por el demandante con anterioridad al concurso, que fueron objeto de reclamación en el presente procedimiento.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sigma Encuadernación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.305/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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