Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160614-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1

86
Pozuelo de Alarcón número 1. Juicio de faltas 61 de 2015

EDICTO

Doña Elena María Varela Luaces, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 61 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Doña Mónica Gómez Ferrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón, en los presentes autos de juicio de faltas número 61 de 2015, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

Sentencia

Una vez celebrado en juicio oral y público el juicio de faltas número 61 de 2015, tramitado en este Juzgado por la presunta comisión de una falta de estafa, en el intervinieron doña Manuela Reyes Leiva y doña Vasilica Danut Stefan, habiendo sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

En atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la Constitución ha decidido: Que debo condenar y condeno a doña Vasilica Danut Stefan, como autora de una falta de estafa, a la pena de multa de dos meses, con una cuota diaria de 6 euros, y responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago y debiendo la denunciada indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 60,26 euros, con expresa imposición, igualmente, de las costas procesales cursadas, más los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial, recurso de apelación mediante escrito de formalización de tal recurso, que deberá de ir con firma de letrado, lo que deberá de cumplimentarse en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la fecha de dicha notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificado a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Vasilica Danut Stefan, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 16 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.266/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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