Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160614-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 1

80
Coslada número 1. Juicio verbal 512 de 2013

EDICTO

En el procedimiento juicio verbal número 512 de 2013, a instancias de “CCR Las Mulas, Sociedad Limitada”, contra “Contenedores y Excavaciones Velilla, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia en fecha 22 de octubre de 2014, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, estimando íntegramente como estimo la demanda formulada por “CCR Las Mulas, Sociedad Limitada”, contra “Contenedores y Excavaciones Velilla, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro que la demandada debe a la actora la suma de 3.201,12 euros, más los intereses legales de la citada cantidad, condenándola a estar y pasar por esta declaración y a satisfacer la cantidad expresada, con expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se presentará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado, con los datos relativos al recurso y a la cuenta expediente, por importe de 50 euros, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la formulación del recurso.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En el día de la fecha fue leída y publicada la anterior sentencia por la señora juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Contenedores y Excavaciones Velilla, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Coslada, a 7 de julio de 2015.—La secretaria (firmado).

(02/20.226/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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