Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160614-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56

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Madrid número 56. Procedimiento ordinario 269 de 2015

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento procedimiento ordinario número 269 de 2015, entre doña Ana María Belén García Fernández, don Fernando García Arfan y “Cooperativa de Viviendas Presvi” para otorgamiento de escritura pública, en cuyos autos se ha dictado la sentencia de fecha 24 de mayo de 2016, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 152 de 2016

Magistrada-juez: doña María Gracia Parera de Cáceres.

Lugar: Madrid.

Fecha: 24 de mayo de 2016.

Vistos por doña María Gracia Parera de Cáceres, los autos del juicio ordinario número 269 de 2015, a instancias de doña Ana María Belén García Fernández y don Fernando García Arean, representado por el procurador don Javier González Fernández contra “Cooperativa de Viviendas Presvi”, en liquidación, siendo liquidador don Juan Manuel García Arean, dicto resolución en base a los siguientes.

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda formulada por la representación de doña Ana María Belén García Fernández y don Fernando García Arean, contra “Cooperativa de Viviendas Presvi”, en liquidación, debo condenar y condeno a la demandada a fin de que su liquidador proceda a elevar a escritura pública las adjudicaciones efectuadas a favor de doña Ana Amria Belén García Fernández, de las fincas registrales 37.596, 37.517, y a favor de don Fernando García Arean de la finca registral 37.548, adjudicadas por acuerdo de la junta general extraordinaria de la “Cooperativa de Viviendas Presvi”, de fecha 6 de diciembre de 1980, protocolizada en escritura pública de fecha 17 de diciembre de 1980, con apercibimiento de que, de no hacerlo, el tribunal tendrá por emitida la declaración de voluntad, con las consecuencias previstas en el artículo 708 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y todo ello con imposición de las costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2653-0000-04-0269-15 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2653-0000-04-0269-15.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Publicación

En el día de la fecha fue leída y publicada la anterior resolución por la ilustrísima magistrada que la dictó, celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Cooperativa de Viviendas Presvi” y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado, por ser desconocido el domicilio de la demandada, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 24 de mayo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.231/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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