Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160614-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Ciempozuelos. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Ciempozuelos, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de mayo de 2016, adoptó los siguientes acuerdos:

— Aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local.

— Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 9 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, por entrada de vehículos a través de la acera, la reserva de la vía pública para aparcamientos exclusivos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

— Aprobar provisionalmente la derogación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministro.

— Aprobar provisionalmente la derogación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por apertura de calicatas o zanjas en terreno de uso público y cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública.

— Aprobar provisionalmente la derogación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público para la utilización de locales municipales.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se someten los expedientes a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido el plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerarán aprobados definitivamente dichos acuerdo, y entrarán en vigor desde el día siguiente al de su publicación definitiva en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ciempozuelos, a 1 de junio de 2016.—La alcaldesa-presidenta, María Jesús Alonso Lazareno.

(03/20.541/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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