Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160526-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 4

79
Parla número 4. Autos 635 de 2010

EDICTO

En los autos de modificación de medidas paterno-filiales número 635 de 2010 se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Parla, a 23 de abril de 2012.—Doña María Dolores Palmero Suárez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de esta localidad, ha visto y examinado los precedentes autos de modificación de medidas paterno-filiales seguidos con el número 635 de 2010 en este Juzgado, a instancias del procurador de los tribunales don Julián Caballero Aguardo, en nombre y representación procesal de don César Suárez Núñez, asistido de la letrada doña María de las Nieves Moreno Camarero, contra doña Ana María Martín Martínez, declarada en rebeldía procesal, siendo parte el ministerio fiscal, y a la vista del siguiente

Fallo

Que estimando la demanda de modificación de medidas definitivas interpuesta por el procurador de los tribunales don Julián Caballero Aguardo, en nombre y representación de don César Suárez Núñez, contra doña Ana María Martín Martínez, siendo parte el ministerio fiscal, debo modificar y modifico las medidas acordadas en la sentencia dictada en el juicio de menor cuantía número 354 de 2001, acordando la privación de doña Ana María Martín Martínez de la patria potestad sobre su hijo Alejandro, otorgando la custodia del hijo al padre don César Suárez Núñez, estableciendo un régimen de visitas a favor de los abuelos maternos de fines de semana alternos desde las once horas del sábado hasta las veinte horas del domingo en invierto o hasta las veintidós horas en horario de verano, y a favor de la madre doña Ana María los sábados o domingos alternos que no corresponda régimen de visitas a favor de los abuelos maternos desde las diez horas hasta las veintiuna horas.

Todo ello sin hacer especial imposición de costas.

Al notificar esta sentencia a las partes, hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, siendo preciso para su admisión de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de Reforma de la Legislación Procesal, que la parte recurrente constituya al interponer el recurso un depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria “Banesto”, número de cuenta 2883, acreditándolo con el resguardo de consignación. Hágase saber a las partes que no se admitirá el recurso si no constituye previamente el depósito, dictándose a tal efecto auto poniendo fin al trámite.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos, quedando el original en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada en el siguiente día hábil de su fecha por la magistrada-juez que la dictó hallándose celebrando audiencia pública en el lugar de costumbre.—Doy fe.

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña Ana María Martín Martínez, bajo apercibimiento legal.

En Parla, a 24 de febrero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.692/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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