Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2016

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160526-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RASCAFRÍA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Rascafría. Régimen económico. Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras 2016

Aprobados definitivamente por Decreto de esta Alcaldía, dictado con fecha de 3 de mayo de 2016, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales del Ayuntamiento de Rascafría, referidos todos ellos al ejercicio de 2016, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al año 2016, en:

Localidad: Rascafría.

Oficina de Recaudación: plaza de la Villa, número 1.

Plazo de ingreso: del 27 de mayo de 2016 al 27 de julio de 2016.

Horario: de diez a trece horas.

Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en las oficinas de las siguientes entidades: “Bankia, Sociedad Anónima”, y “Banco Popular” (entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria del artículo 9 del Reglamento General de Recaudación). En horarios y días establecidos por dichas entidades.

Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán retirarlo en la oficina de recaudación en el horario y plazo establecido.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

En Rascafría, a 10 de mayo de 2016, Juan Antonio García Fraile

(02/17.792/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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