Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2016

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160421-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6

64
Madrid número 6. Procedimiento ordinario 593 de 2014

EDICTO

Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid.

Juicio: procedimiento ordinario número 593 de 2014.

Demandante: “Alcampo, Sociedad Anónima”.

Procurador: don Ignacio Melchor Oruña.

Demandados: don Juan Antonio del Río Flores y don José Manuel Martínez Cascales.

Sobre: derecho mercantil.

En el referido juicio, se ha dictado sentencia número 405 de 2015, de fecha 29 de septiembre de 2015, y auto de rectificación del pronunciamiento de la misma, de fecha 31 de marzo de 2016, cuyo fallo y parte dispositiva son los siguientes:

Fallo

Estimando en lo sustancial la demanda interpuesta por “Alcampo, Sociedad Anónima”, siendo demandados don Juan Antonio del Río Flores y don José Manuel Martínez Cascales, debo condenar y condeno a este último al pago a la actora de la cantidad de 10.339,02 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda hasta su completo pago, interés que se incrementará en dos puntos porcentuales desde la fecha de esta sentencia. Todo ello con imposición de costas causadas a la parte demandada.

Parte dispositiva:

Se estima la petición formulada por el procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de “Alcampo, Sociedad Anónima”, de rectificar la sentencia número 405 de 2015, de fecha 29 de septiembre de 2015, en el sentido:

Donde dice: Fallo “... don Juan Antonio del Río Flores y don José Manuel Martínez Cascales, debo condenar y condeno a este último al pago a la actora de la cantidad de 10.339,02 euros...”.

Debe decir: Fallo “... don Juan Antonio del Río Flores y don José Manuel Martínez Cascales, debo condenar y condeno a estos últimos, conjunta y solidariamente, al pago a la actora de la cantidad de 10.339,02 euros...”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados don Juan Antonio del Río Flores, con DNI número 52199835R, y don José Manuel Martínez Cascales, con DNI número 33909726K, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados (artículo 267.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud, y en todo caso, comienzan a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto (artículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 31 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/12.376/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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