Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160420-65

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEPIÉLAGOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

65
Valdepiélagos. Régimen económico. Ordenanza fiscal locales

Publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 46, de 24 de febrero de 2016, el anuncio de aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de locales municipales, sin que durante el plazo de información pública se hayan presentado reclamaciones a la misma, el acuerdo de aprobación provisional se eleva automáticamente a definitivo, publicándose a continuación la modificación de la citada ordenanza, con la indicación de que contra dicha aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Madrid.

La modificación consiste en añadir el siguiente apartado a la ordenanza.

Normativa funcionamiento y uso local “Coworking”

1. Objeto.—El objeto es regular el funcionamiento del espacio de “Coworking”, el respeto y convivencia entre “coworkers”, visitantes e instalaciones.

Estas normas serán de obligado cumplimiento por los usuarios y su aceptación es un requisito indispensable para el uso del espacio.

2. Finalidad del espacio y usuarios.—El espacio de incubación y cotrabajo está destinado al fomento de iniciativas empresariales impulsadas por emprendedores vinculados a la localidad de Valdepiélagos así como de trabajadores autónomos, de pymes o miembros de asociaciones. Deberán estar empadronados o tener domicilio social en la localidad. Podrán hacer uso del espacio también madres o padres cuyos hijos/as acudan al colegio y familiares de los empadronados.

3. Cuota y descuentos.—El uso de las instalaciones por las personas físicas o jurídicas solicitantes tendrá un coste mensual de 20 euros, durante un máximo de tres años de permanencia por proyecto seleccionado.

El pago de la cuota mensual permitirá acceder al espacio y descuentos en las actividades de dinamización y formación. Dicho pago deberá realizarse del día 1 al 5 del mes en que se vaya a hacer uso del espacio.

Podrán beneficiarse de una reducción del 50 por 100 de la cuota aquellas personas que realicen tareas necesarias para el funcionamiento del espacio: ayuda en el control de tiempos/puesto de trabajo, creación/mantenimiento redes sociales, creación logotipo, organización cursos/eventos, etcétera.

4. Acceso al espacio y horario.—El acceso al edificio es libre y puede usarse de nueve a veintidós. Cada usuario tendrá una llave, que se le entregará una vez admitida la solicitud de uso de espacio. Una vez finalizado el período de uso, deberá comunicarse por escrito y entregarse la llave.

Al tratarse de un espacio de cotrabajo no se permitirá el acceso a ningún usuario que no respete las normas convencionales de comportamiento, respeto y buena convivencia.

Los usuarios podrán acordar aquellas normas que consideren oportunas para la buena convivencia del grupo. Una vez aprobadas deberán comunicarse al Ayuntamiento.

5. Mal uso de las instalaciones.—Será responsabilidad de los usuarios los daños causados en el espacio en cuanto a su mobiliario e instalaciones provocado por un mal uso o un uso irresponsable de la misma.

La limpieza de las instalaciones correrá a cargo del Ayuntamiento pero se exigirá a los usuarios un correcto comportamiento.

En caso de negligencia se reserva el derecho de actuar en consecuencia.

6. Información y presentación de solicitudes.—El impreso de solicitud para poder hacer uso del espacio de “Coworking Valdepiélagos” deberá solicitarse en el Ayuntamiento o en la siguiente dirección de correo electrónico: ayuntamiento@valdepielagos.es

Una vez cumplimentada la solicitud, se presentará en el Ayuntamiento o se remitirá al correo electrónico anteriormente detallado.

Valdepiélagos, a 5 de abril de 2016.—El alcalde-presidente, Juan Pablo Herradas Calleja.

(03/12.901/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160420-65