Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160420-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

138
Madrid número 27. Ejecución 120 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 120 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Durango Santos, frente a “Construcciones Reysa 2002, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 3.043,39 euros de principal, 167,66 euros de intereses y 304,33 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Construcciones Reysa 2002, Sociedad Limitada Unipersonal”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de testimonio, como el testimonio de la sentencia y del auto despachando ejecución a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Juan Durango Santos y “Construcciones Reysa 2002, Sociedad Limitada Unipersonal”, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.735/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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